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Ciudad Mallorquín: "No se puede seguir actuando de espaldas a las normas metropolitanas"

La Sociedad Colombiana de Arquitectos, Regional Atlántico, realizó un fuerte pronunciamiento en las últimas horas.

La Sociedad Colombiana de Arquitectos, Regional Atlántico, realizó un fuerte pronunciamiento sobre los proyectos de vivienda Ciudad Mallorquín y Portal del Norte, de Argos.

"Corresponde al Área Metropolitana de Barranquilla, de acuerdo a lo establecido en los artículos 6º y 7º. de la ley 1625 de 2013, programar y coordinar el desarrollo armónico, integrado y sustentable de los municipios que la conforman y la de formular y adoptar el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano", indicó.

"Igualmente, y con perspectiva de largo plazo incluir el componente de ordenamiento físico territorial de conformidad con las disposiciones legales vigentes, como una norma general de carácter obligatoria a las que deben acogerse los municipios que la conforman al adoptar los planes de ordenamiento territorial en relación con las materias referidas a los hechos metropolitanos", agregó.

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La Sociedad recordó que, en cumplimiento a lo allí dispuesto, el AMBQ expidió el Acuerdo Metropolitano No. 006 de 2020, que adopta el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano – PIDM de Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de Barranquilla 2020 – 2032, que determinó en el artículo 8º. y siguientes los Hechos Metropolitanos, entre los cuales se encuentran las determinantes ambientales, tales como: los ecosistemas, los corredores y los parques ambientales.

"A partir de la expedición del Acuerdo Metropolitano 006/2020, disposición de superior jerarquía en lo concerniente a los Hechos Metropolitanos, el municipio de Puerto Colombia y el Distrito de Barranquilla, debieron dar cumplimiento a las normas que establecen las determinantes ambientales en la región metropolitana, entendidas éstas, como los términos y condiciones fijadas por el Área Metropolitana de Barranquilla para garantizar la sostenibilidad ambiental de los procesos ordenamiento territorial", explicó.

"Los entes territoriales que integran el AMBQ, les correspondía acogerla en sus POTs y abstenerse de expedir licencias urbanísticas en este sector, hasta tanto se hubiere modificado cualquier disposición contraria en sus planes de ordenamiento territorial", añadió.

De acuerdo con la entidad, el ecosistema y corredor de mayor magnitud en el sector, el dispuesto para la conservación de la biodiversidad, conecta los núcleos ecosistémicos de Puerto Colombia con los parques del agua (Microcuencas abastecedoras y zonas de recarga de acuífero) ubicados en Galapa, y busca la recuperación del bosque seco tropical deforestado en los diferentes municipios que constituyen el Área Metropolitana de Barranquilla.

Afirmó que las directrices señaladas por el AMBQ para estos ecosistemas y corredores son:

- Realizar procesos de reforestación a diferentes porcentajes según sea la cobertura actual presentes en estas áreas.

- Recuperar los servicios ecosistémicos deteriorados para facilitar el flujo de flora y fauna.

- Propender por el desarrollo sostenible del territorio mediante sistemas agrosilvopastoriles y actividades turísticas de bajo impacto.  

- Las relacionadas con la conservación y protección ambiental, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales.

- Las políticas, directrices y regulaciones sobre conservación, preservación y uso de las áreas inmuebles consideradas como patrimonio cultural, histórico, artístico y arquitectónico de la Nación y los departamentos.  


- El señalamiento y localización de infraestructuras básicas relativas a la red vial nacional y regional, puertos y aeropuertos, sistemas de abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía.

- Los componentes de ordenamiento territorial en los planes de desarrollo metropolitanos, en cuanto se refieran a hechos metropolitanos, así como objetivos y criterios definidos por el área metropolitana.  


"Es de extrema urgencia que el Área Metropolitana de Barranquilla retome las competencias que le fueron concedidas mediante el Acuerdo Metropolitano No. 003 del 4 de septiembre de 2020, que le asignó las funciones y competencias de autoridad ambiental en el perímetro urbano de las entidades territoriales que conforman el AMBQ, y que fue derogado sorpresivamente por el Acuerdo Metropolitano No. 008.20 del 31 de diciembre de 2020, sin fundamentación válida", manifestó la Sociedad Colombiana de Arquitectos, Regional Atlántico.

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"Las circunstancias muestran la necesidad de que el ente asuma la competencia ambiental para la protección de los ecosistemas en el territorio metropolitano, y ejerza el control en armonía con los usos generales del suelo que se dispongan en el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano", agregó.

Lo anterior, de acuerdo a lo expresado por entidad, con base en la ley 1625 del 2013 que establece, que las áreas metropolitanas con una población superior a 1 millón de habitantes ejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo que fuere aplicable al medio ambiente urbano.

"Consideramos que la gestión ambiental del territorio, se debe basar en un entendimiento del ambiente como hecho metropolitano que no reconoce fronteras en fenómenos urbanos como la calidad del aire, las emisiones contaminantes, los ecosistemas estratégicos para la sostenibilidad, el sistema ambiental metropolitano, que incluye los corredores ambientales conformados por los arroyos Don Juan, Platanal, Salao, León, Grande, San Blas, Mundo Feliz, el saneamiento de caños, cuerpos de agua y playas y la protección de suelos degradados, entre otros", aseguró.

"El Distrito de Barranquilla y nuestros municipios metropolitanos no han ajustado la normatividad en sus Planes de Ordenamiento Territorial a las  disposiciones metropolitanas expedidas por el Área en el año 2020 y mediante las herramientas que desarrollan los POTs, han venido aprobando planes zonales y planes parciales en los suelos suburbanos, de manera independiente, desconociendo las directrices metropolitanas establecidas en el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano", añadió.

La Sociedad señaló que en los dos casos, Ciudad Mallorquín y Portal del Norte, "éstas no fueron tenidas en cuenta, por los funcionarios de turno y corresponde a los organismos de control establecer las responsabilidades, para sentar un precedente".  

"Atentar contra nuestras especies y ecosistemas estratégicos es atentar contra la vida y el futuro de nuestro territorio. Se cuenta con las herramientas necesarias para judicializar a los responsables, mediante sanciones ejemplarizantes que contribuyan a crear conciencia que vivimos en un territorio metropolitano", puntualizó.

"Compartimos el mismo sistema ambiental y nuestro territorio depende de los ecosistemas ambientales y es deber de todos cuidarlos y protegerlos; compartimos los impactos y los efectos de la contaminación de nuestras fuentes de agua, causados por nuestros sistemas de drenaje; estamos creciendo y habilitando nuestros suelos por las mismas razones, y que por esto, el AMBQ ha declarado amplias zonas como suelos de protección ambiental suburbanos que deben respetarse", añadió.

"No se puede seguir actuando de espaldas a las normas metropolitanas, pues es mucho lo que tenemos en común, lo que nos identifica y lo que nos exige trabajar de manera coordinada", enfatizó la Sociedad.

La entidad indicó que debemos observar las múltiples y fuertes relaciones de interdependencia que cotidianamente se evidencian en nuestro territorio.

"Las personas se movilizan diariamente entre nuestros municipios, principalmente por motivos de vivienda, y trabajo; la movilidad en el territorio metropolitano es actualmente compleja y se relaciona con los usos del suelo, su tipología y la densidad habitacional que se autoriza; que a la vez se relaciona con diferentes áreas de la administración (transporte, tráfico, urbanismo, medio ambiente, energía, economía, salud, etc.) y que, en el ámbito metropolitano, compete además a varios niveles administrativos", afirmó.

"Nos une inexorablemente el medio ambiente, ya que el agua que bebemos circula en gran parte por el territorio que compartimos; el bosque seco tropical equilibra la ecología, proporcionando diversos servicios  ambientales a la sociedad, produciendo oxígeno, y permitiendo que el agua de lluvia se filtre al subsuelo y se recarguen los mantos acuíferos, manteniendo los suelos fértiles y produciendo materia orgánica", concluyó.

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